| Por
contradecir una ordenanza municipal
Sabbatella podría ir a juicio oral y publico
La
denuncia penal fue realizada por el ex concejal radical José
Uranga * El jefe comunal de Morón es acusado de abuso de
autoridad y malversación de caudales públicos, por
ordenar la construcción de la denominada Plaza de las Artes
en un lugar que el Concejo Deliberante había establecido
que fuera una playa de estacionamiento municipal *
Por
Roberto Cuzzani.-
Una denuncia penal contra el intendente de Morón Martín
Sabbatella, realizada en su momento por el ex concejal radical José
Uranga, podría desembocar en un juicio oral y público.
Eso depende de los humores de la Justicia.
Uranga acusó al jefe comunal de abuso de autoridad (artículo
248 del Código Penal) y malversación de caudales públicos
(artículo 260 del Código Penal), por impulsar la construcción
de una plaza en un predio que fuera destinado por el Concejo Deliberante
para la instalación de una playa de estacionamiento municipal.
El caso tiene similitud con una causa en la que el imputado fue
el ex intendente Juan Carlos Rousselot. Este fue condenado a un
año de prisión en suspenso y a tres años de
inhabilitación para ejercer cargos públicos por un
Tribunal integrado por los jueces Rodolfo Castañares, Pedro
Rodríguez y Carlos Torti.
En esa ocasión los fiscales Alejandro Varela y Alejandro
Jons, pidieron una pena mayor para Rousselot, lo que les fue concedido
por la Cámara de Casación de La Plata.
El lugar en cuestión se encuentra en Rivadavia y Casullo,
pegado al Museo Histórico y de Arte de Morón.
El 5 de julio de 2000 José Uranga presenta un proyecto para
que el lugar de referencia se destine a Playa de Estacionamiento
Municipal, lo que es aprobado en el deliberativo mediante el expediente
46.502/00 el 6 de diciembre de 2001.
Ese mismo día el presidente del Concejo Deliberante, Jorge
Salinas, eleva el proyecto al intendente Martín Sabbatella,
quien lo gira el 19 de diciembre al Departamento de Asuntos Técnicos,
agregando en la elevación “no teniendo objeción
alguna que formular”. La ordenanza fue sancionada por el jefe
comunal por medio del Decreto N º 0290, el día 19 de
abril de 2002 (folios 17 y 18 del expediente).
Dos años después, el jefe comunal decide construir
la actual Plaza de las Artes, donde el domingo actuará “La
Chilinga”, en lugar de lo decidido por el deliberativo y de
la norma que el mismo sancionó, contrariando lo dispuesto
por el Legislativo local, que es el único competente para
disponer del uso y destino de los lugares públicos, además
de la utilización de fondos que estaban destinados para otros
fines.
El artículo 248 del Código Penal dice que “será
reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación
especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare
resoluciones u órdenes contrarias a las constitucionales
o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes
o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes
cuyo cumplimiento incumbiere”.
El artículo 260 del Código Penal dice: “será
reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años
el funcionario público que diere a los caudales o efectos
que administrare una aplicación diferente de aquella a que
estuvieran destinados, se impondrá al culpable, multa del
veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída”.
La denuncia penal fue radicada en su momento en la Unidad Fiscal
de Investigaciones N º 1 a cargo del fiscal José Andrés
de los Santos.

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